El Parlamento Europeo ha dado luz verde esta semana a una nueva directiva sobre eficiencia energética, que obliga a los edificios públicos y a las grandes empresas a ahorrar energía.

Foto: Parlamento Europeo
Esta nueva ley europea, que los Estados miembros deberán transponer en un año y medio, exige a los gobiernos de cada país, incluido el de España, a renovar cada año el 3% de la superficie total de los edificios públicos “con calefacción y/o sistema de refrigeración que tenga en su propiedad y ocupe su administración central”.
La medida, que podría suponer una importante actividad para los profesionales de la construcción, la obra y la reforma, se aplicará a los edificios con una superficie útil de más de 500 metros cuadrados. Más tarde, a partir de julio de 2015, también tendrá efecto sobre los inmuebles de más de 250 metros cuadrados.
No obstante, los Estados miembros también podrán recurrir a métodos alternativos para lograr un ahorro energético equivalente, tal y como establece la normativa europea.
Durante el debate previo a la votación de la directiva, que contó con 632 votos a favor, 25 en contra y 19 abstenciones, el ponente, Claude Turmes destacó que:
Esta legislación no solo es esencial para lograr nuestros objetivos de cambio climático y seguridad energética, sino que también dará un impulso a la economía y ayudará a crear puestos de trabajo. Asimismo, reducirá los costes crecientes de las importaciones energéticas, que en 2011 ascendieron a 488.000 millones, lo que equivqale al 3,9% del PIB de la UE
Auditorías energéticas para las grandes empresas
En virtud de esta nueva directiva, las grandes empresas tendrán que someterse, cada cuatro años, a una auditoría energética. Estas tareas se iniciarán tres años después de la entrada en vigor de la norma y correrán a cargo de expertos acreditados en el ámbito de la energía.
Tal y como establece el Parlamento Europeo, las pymes quedarán excluidas de esta medida.
Del mismo modo, los países de la UE deberán imponer a las compañías energéticas en su territorio un porcentaje de “ahorro de energía acumulado” mínimo para el año 2020, que no podrá ser inferior al 1,5% de las ventas anuales de energía a clientes finales entre 2014 y 2020.
No obstante, las ventas de energía destinada al transporte pueden quedar excluidas y también se podrá recurrir a métodos alternativos, siempre que el ahorro energético logrado sea equivalente.
Por último, la nueva directiva anima a los Estados miembros a hacer uso de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión, para incentivar la inversión en medidas de eficiencia energética. Además, el Fondo Europeo Agrícola y el Fondo Europeo de Eficiencia Energética también pueden costear las medidas de ahorro energético contempladas en la normativa europea.